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Información de la votación —November 6, 2018 —Elección General de California
NUEVA INFORMACIÓN: Aunque haya pasado la fecha límite, ¡todavía puede inscribirse para votar desde ahora y hasta el día de las elecciones! Revise aquí cómo hacerlo. Y marque aquí para encontrar ubicaciones de votación temprana y de votación por correo para su condado.
1. ¡Regístrese!
- Usted es elegible para votar si es un ciudadano de los Estados Unidos de 18 años de edad o mayor.
- Debe inscribirse para ser parte de la lista oficial de votantes de su condado.
La fecha límite para inscribirse para votar en las elecciones es a más tardar 15 días antes de las elecciones. - Puede recoger un formulario de inscripción de votante en su biblioteca u oficina postal, solicitar que le llegue por correo llamando al 1-800-232-8682 o llenar el formulario en línea en www.registertovote.ca.gov.
- Es importante llenar toda la información del formulario. Se le pedirá que incluya el número de su licencia de manejo o de otra identificación.
- Ya que esté en la lista, solamente deberá volver a registrarse si cambia de domicilio o de nombre, o si desea cambiar su partido político.
Para obtener más información, consulte ¿Puedo inscribirme para votar?
2. ¡Prepárese!
- Estar enterado sobre lo que va a votar es útil antes de hacer su voto.
- Todos los votantes inscritos reciben dos cosas por correo:
- Una boleta de muestra (Sample Ballot) con la lista de todas las cosas que aparecerán en su boleta electoral, junto con la información sobre en dónde votar (su “lugar de votación”).
- Una Guía oficial de información para el votante sobre los candidatos y las iniciativas de ley de todo el estado.
- Puede utilizar este sitio de Voter’s Edge California para obtener más información sobre todo lo que contiene su boleta electoral, además de que es una manera práctica de encontrar su lugar de votación.
Encuentre su lugar de votación y boleta electoral.
3. ¡Vote!
- Usted elige si desea votar en su lugar de votación o utilizar una boleta electoral “por correo”.
- Para votar en persona, los lugares de votación están abiertos de 7 a. m. a 8 p. m. Es posible que también pueda votar antes del día de las elecciones en la oficina electoral de su condado.
Si ya se inscribió y su nombre no aparece en la lista de electores en el lugar de votación que se le asignó, puede votar utilizando una “boleta electoral provisional”. - Para votar por correo, utilice el formulario que se encuentra en su muestra de boleta electoral para solicitar que se le envíe una boleta electoral “por correo”. La fecha límite para solicitarla es a más tardar 7 días antes de las elecciones. Cuando reciba su boleta electoral “por correo”, llénela y regrésela por correo postal a tiempo para que lleve un matasellos previo al día de las elecciones. También puede entregarla en cualquier lugar de votación de su condado el día de las elecciones. Puede registrarse para recibir una boleta electoral “por correo” para todas las elecciones.
Para obtener más información, consulte Formas de votar.
Visite la Guía fácil para el votante para obtener más información sobre las votaciones y descargar una copia; ¡también obtenga su folleto Votar es tan fácil como contar 1-2-3 aquí!
Para poder inscribirse para votar en California, usted debe:
- ser un ciudadano de los Estados Unidos que viva en California
- tener 18 años cumplidos el día de las elecciones
- no estar en prisión o en libertad condicional debido a una condena por delito
- no haber sido declarado mentalmente incompetente por un tribunal
Para obtener más información sobre los derechos de las personas que han estado en prisión, consulte Derechos de las personas con condenas penales o visite Derechos electorales para los californianos detenidos o con condenas penales
En la red en registertovote.ca.gov
- Si tiene licencia de manejar de California o el número de tarjeta de identificación, puede autorizar el uso de esa firma para el formulario de inscripción. Llene la solicitud en línea y presione “enviar” al final.
- Si no hay firma registrada en el Departamento de Vehículos Motorizados, necesitará:
- Ingresar su fecha de nacimiento y los últimos cuatro dígitos de su número de seguro social.
- Hacer clic en “imprimir”.
- Firmar la solicitud en papel.
- Enviarla por correo a la dirección proporcionada.
- ¿No tiene impresora? Siga adelante y haga clic en “No puedo imprimir”; su funcionario de elecciones del condado le enviará por correo un formulario para que lo firme y lo devuelva.
Llame al 800-345-VOTE (800-232-8682) y pida que le envíen a su casa un formulario de inscripción del elector.
Recoja una tarjeta postal de inscripción oficial en su oficina electoral del condado, en cualquier oficina del Departamento de Vehículos Automotores (Department of Motor Vehicles, DMV), o en una biblioteca pública, oficina postal u oficina de asistencia pública, o cualquier oficina gubernamental que atienda a personas discapacitadas.
Es importante que llene por completo su solicitud de inscripción de votante y:
- la presente en línea antes de la media noche, 15 días antes de la elección o
- la entregue por correo o en persona en la oficina electoral de su condado al menos 15 días antes de la elección.
Si no cumple con la fecha límite, aun así se procesará su solicitud. Si se aprueba, usted podrá votar en las próximas elecciones.
Todavía no es demasiado tarde para votar, aunque haya pasado la fecha límite de inscripción del elector. Para inscribirse desde ahora hasta el día de las elecciones, acuda a la oficina electoral de su condado u otro de los sitios asignados y complete tres sencillos pasos:
- Inscríbase para votar.
- Vote.
- Selle su boleta electoral dentro del sobre que le entregarán y fírmela.
A este procedimiento se le llama Inscripción de votante condicional (Conditional Voter Registration, CVR) o Inscripción en el mismo día. Su voto se contabilizará una vez que los funcionarios electorales verifiquen su inscripción del elector y confirmen que aún no había votado en la elección.
¡Consulte aquí las ubicaciones donde puede inscribirse para votar al mismo tiempo, hasta el día de las elecciones!
Para saber cómo verificar si se contabilizó su boleta, revise el sitio web del Secretario de Estado o llame al 800-345-VOTE (8683) después de la elección. Si su boleta no fue contabilizada, también podrá saber el motivo.
Para obtener más información, consulte el manual de reforma electoral de 2018: Lo que los votantes deben saber de las elecciones del futuro de California.
Si el tiempo lo permite, el funcionario electoral de su condado se comunicará con usted cuando se apruebe su solicitud de registro de votante, o si se necesita más información para confirmar su elegibilidad.
Puede verificar con la oficina electoral de su condado para asegurarse de que está registrado. Verifique el estado de su forma de registro para votante.
La solicitud en línea de registro de votantes de la Secretaría del Estado de California está disponible en:
Español
中文 Chino
हिन्दी Hindi
日本語 Japonés
ខ្មែរ Jemer
한국어 Coreano
Tagalog
ภาษาไทย Tailandés
Tiếng Việt Vietnamita
En caso de que divulgar su dirección pueda ponerlo en una situación en la que su vida esté en riesgo, es posible que califique para el programa de domicilios confidenciales Seguro en casa.
- Las víctimas de violencia doméstica, acoso y agresión sexual pueden utilizar un apartado postal gratuito en vez de la dirección de su casa para ayudar a mantener su privacidad al recibir correspondencia de primera clase.
- Las personas que se registren a Seguro en casa pueden recibir su información del votante y muestras de boletas electorales en este apartado postal.
- Durante el tiempo que permanezcan en el programa, los participantes deberán votar por correo.
No solicite su inscripción para votar por medio del sitio de inscripción en línea de la Secretaría del Estado. Comuníquese al programa Seguro en casa al número gratuito (877) 322-5227 o por medio del correo electrónico de Seguro en casa.
Cuando se registra, puede elegir que se le envíen las boletas de votación por correo (boletas “ausentes”) de forma automática para cada elección.
Si ya está registrado, también puede comunicarse con la oficina electoral del condado para cambiar su estado y ser un votante de voto por correo permanente.
Para más información, consulte ¿Cómo voto por correo?
Debe volver a registrarse si:
- Se muda a una dirección diferente.
- Cambia su nombre.
- Desea cambiar de partidos políticos o registrarse sin preferencia de partido.
- Lo sacaron de las listas de registros mientras estaba en prisión o en libertad condicional por la condena de un delito grave.
Usted puede elegir.
- Usted puede elegir entre partidos políticos calificados o elija “otro”
- O si usted no quiere inscribirse como miembro de un partido político, puede marcar la casilla junto a “No, no quiero revelar una preferencia por algún partido político” en el formulario de inscripción del elector.
- Su elección de no inscribirse con una preferencia por algún partido político puede afectar su capacidad de votar en una Elección Primaria de Junio para la presidencia de los Estados Unidos y para los Comités Centrales del Condado (cargos nominados por los partidos), pero aún podrá votar por los cargos y las iniciativas de ley en la boleta electoral.
- Podrá inscribirse sin preferencia por algún partido político y, aun así, podrá votar por cualquier candidato en la boleta electoral en la Elección General de Noviembre.
Para obtener más información, consulte Cómo funcionan las Elecciones Primarias de California: explicación de los dos mejores y Cómo votar en la Elección Primaria Presidencial.
Inscríbase para votar ya sea utilizando la inscripción de votante en línea de California o al presentar llenada la Solicitud de tarjeta postal federal, si es un ciudadano de los Estados Unidos que es:
- miembro de los Servicios Uniformados (en activo) o un dependiente elegible
- miembro de la Marina Mercante o un dependiente elegible
- del cuerpo comisionado del Servicio de Salud Pública
- del cuerpo comisionado de la Administración Nacional Atmosférica y del Océano
- residente fuera de los Estados Unidos
Para obtener más información sobre cómo utilizar u obtener la FPCA, visite la Secretaría del Estado de California o este sitio federal.
Asegúrese de llenar y enviar la inscripción de votante en línea o la FPCA de 60 a 90 días antes de la elección. Esto dará tiempo para que se le envíen la información y las boletas electorales y para que las devuelva. La fecha límite definitiva para que envíe su formulario de inscripción en línea, por correo o en persona a la oficina electoral del condado es 15 días antes de la elección.
Cuando se inscriba para votar, tendrá la opción de escoger entre que se le envíe su boleta electoral por correo, fax o correo electrónico.
Recibirá un voto permanente por correo, pero cada vez que se mude deberá llenar un nuevo formulario de inscripción de votante de California en línea o FPCA.
Para obtener información sobre la votación, consulte "¿Cómo puedo votar si soy militar, me encuentro en el extranjero o vivo fuera?"
Al ser un californiano que vive lejos de casa mientras asiste a una universidad, escuela de comercio o escuela técnica, puede elegir inscribirse para votar ya sea con la dirección fuera de casa que usa mientras asiste a la escuela o con su dirección habitual de casa.
La elección de cuál dirección utilizar cuando se registre para votar es una decisión personal. Cualquiera que se su elección, no puede registrarse en dos lugares de votación durante el mismo ciclo de elecciones.
Sí, puede inscribirse si es indigente siempre y cuando:
- Tenga una ubicación fija a la que se le pueda asignar un recinto electoral. Debe describir su ubicación utilizando cruces de calles, puntos de referencia u otra información para explicar dónde vive.
- Y tenga un lugar en el que pueda recibir correspondencia, como un apartado postal o un refugio para indigentes.
Si vive en los condados de Madera, Napa, Nevada, Sacramento o San Mateo, hay cambios importantes en el procedimiento para votar a partir de este año.
- Recibirá automáticamente su boleta por correo unas semanas antes de la elección.
- Ya no se usarán para votar la mayoría de los lugares de votación de los vecindarios.
- En cambio, tendrá tres opciones para emitir su voto:
- devolver su boleta por correo;
- depositarla en alguno de los buzones para boletas electorales, o
- votar en persona en un Centro de Votación.
¡Busque su Centro de Votación o la ubicación de un buzón para boletas electorales aquí!
(Es posible que otros condados implementen este sistema a partir de 2020).
Para recibir la boleta electoral por correo, deberá inscribirse antes de la fecha límite, es decir, 15 días antes de la elección. La fecha límite de inscripción para las elecciones del martes 6 de noviembre es el lunes 22 de octubre.
¿Expiró el plazo? Todavía puede inscribirse y votar en un Centro de Votación y puede hacerlo desde ahora hasta el día de las elecciones. Si requiere más información sobre la inscripción del elector en el mismo día, revise la sección "¿Expiró el plazo de inscripción del elector? ¡Todavía puede inscribirse y votar!"
Si desea más información sobre los cambios electorales, revise la sección Elecciones de votación flexible.
Nota: Si usted vive en los condados de Madera, Napa, Nevada, Sacramento o San Mateo y ya se inscribió para votar, recibirá automáticamente su boleta por correo. Para obtener más información, revise la sección Elecciones de votación flexible.
Solicite una boleta electoral por correo en la oficina electoral de su condado.
Asegúrese de enviar su solicitud a tiempo para que se reciba en la oficina electoral al menos 7 días antes del día de las elecciones.
Siga las instrucciones para llenar su boleta electoral y no olvide firmar y sellar el sobre especial que se le entregó. Puede regresar su boleta:
- por correo postal
- entregándola en una ubicación designada por su condado
- entregándola en cualquier lugar de votación de su condado antes de las 8 p. m. el día de las elecciones
¡Alerta de firma!
- Su firma en su sobre de respuesta de Voto por Correo debe ser la misma que la firma en el archivo de la oficina electoral. Si no coincide, es posible que su boleta electoral no se cuente.
- Si registró su voto en el Departamento de Vehículos Motorizados (Department of Motor Vehicles, DMV) o en línea, la firma será la que aparece en su licencia de conducir o en su tarjeta de identificación estatal.
- Si no está seguro de con qué firma se registró o si cambió su firma, siempre puede volver a registrarse con su firma actualizada.
¡No se retrase si la envía por correo! Las boletas electorales regresadas por correo se deben enviar antes o el día de las elecciones y se deberán recibir en la oficina electoral a más tardar 3 días de trabajo después del día de las elecciones.
Para conocer el costo del franqueo, consulte a la oficina electoral del condado. Muchas boletas electorales necesitan sellos adicionales, así que asegúrese de verificarlo.
Es posible que pueda votar en persona antes del día de las elecciones, ya sea en la oficina electoral de su condado o en otro lugar para votaciones anticipadas. Algunos lugares para votaciones anticipadas también permanecen abiertos el día de las elecciones. Consulte los detalles con su condado.
Haga clic aquí para conocer las ubicaciones de votación temprana y de depósito de las boletas electorales para su condado.
¿Cómo voto en persona en un lugar de votación?
Los lugares de votación están abiertos de las 7 a. m. a las 8 p. m. el día de las elecciones.
Los Centros de Votación en los condados de Madera, Napa, Nevada, Sacramento y San Mateo se abrirán antes del día de las elecciones; también estarán abiertos de 7 a. m. a 8 p. m. el día de las elecciones.
¿Cómo encuentro mi lugar de votación?
- Si proporcionó su dirección electoral, entonces la ubicación de su lugar de votación está impresa aquí, en la sección Mi lugar de votación en este sitio.
- Puede encontrar la ubicación de su lugar de votación en la parte de atrás de su boleta electoral de muestra (o en el panfleto de información para el elector) que su condado le envió por correo o
- Puede ponerse en contacto con la Oficina electoral de su condado para encontrar su lugar de votación.
- Puede enviar un mensaje de texto con la palabra "Vote" a GOVOTE (468683) o
- Puede llamar al (800) 345-VOTE (8683) y elegir la opción 5.
¿Cuáles son los pasos básicos para votar en persona?
Vaya a la mesa de registro. Diga su nombre y dirección, y firme la lista de electores. Un trabajador electoral le dará una boleta electoral.
Para boleta electoral de papel
- Marque (llene) su boleta electoral de acuerdo con las siguientes instrucciones.
- Desprenda el talón que está en la parte superior de la boleta electoral. Puede usar este talón después para verificar que se contó su boleta electoral.
- Para preservar la confidencialidad de su voto, meterá su boleta electoral en un sobre o en una carpeta, o la doblará si su condado se lo indica.
- Emita su boleta electoral siguiendo los procedimientos requeridos por su condado.
- Coloque su boleta electoral ya sea en una urna electoral o en un escáner, si su lugar de votación usa escáner.
Para máquinas para votar con pantalla táctil
No todos los condados de California usan el mismo tipo de máquinas para votar con pantalla táctil.
- El trabajador electoral le dará un código de acceso único o una tarjeta de memoria para computadora para tener acceso al tipo de pantalla táctil en su condado.
- Siga las instrucciones de la máquina.
- Si tiene alguna pregunta, pregunte al trabajador electoral.
¿Vive en los condados de Madera, Napa, Nevada, Sacramento o San Mateo? ¡A partir de 2018, contará con más días y más posibilidades para votar! (Es posible que otros condados implementen este nuevo sistema a partir de 2020).
Si está inscrito para votar en cualquiera de estos condados, recibirá automáticamente su boleta electoral por correo unas semanas antes de la elección. Ya no se usarán para votar la mayoría de los lugares de votación de los vecindarios. En cambio, tendrá tres opciones para emitir su voto.
1. VOTO POR CORREO
En cuanto reciba su boleta, podrá llenarla y devolverla por correo. Asegúrese de verificar los requisitos de franqueo, ya que algunas boletas requieren sellos adicionales.
2. BUZÓN PARA BOLETAS ELECTORALES
En cuanto reciba su boleta, podrá depositarla en cualquier buzón para boletas electorales. En los buzones para boletas electorales no se requieren sellos postales.
3. CENTRO DE VOTACIÓN
Puede votar en persona acudiendo a cualquier Centro de Votación en su condado. En todos los Centros de Votación, puede:
- votar en persona;
- depositar su boleta llenada;
- votar utilizando una máquina de votación accesible;
- recibir ayuda y obtener materiales de votación en diversos idiomas;
- inscribirse y votar incluso después de la fecha límite de inscripción; puede hacerlo también el día de las elecciones.
CUÁNDO ESTARÁN ABIERTOS LOS CENTROS DE VOTACIÓN
Todos los Centros de Votación estarán abiertos al menos 4 días antes del día de las elecciones. Esto significa que, para las elecciones primarias del 5 de junio, todos los Centros de Votación se abrirán desde el sábado 2 de junio hasta el martes 5 de junio.
Algunos Centros de Votación estarán abiertos desde 11 días antes del día de las elecciones. Para las elecciones primarias del 5 de junio, algunos Centros de Votación abrirán a partir del sábado 26 de mayo.
Busque un Centro de Votación o la ubicación de un buzón para boletas electorales.
Asistencia en otros idiomas
Los Centros de Votación se adaptarán a los electores con dominio limitado del idioma inglés. Además, contarán en cada sede con personal bien capacitado, preparado para proporcionar a los votantes materiales de votación traducidos a los idiomas que exige la ley. En la medida de lo posible, los condados tratarán de contar con personal y voluntarios multilingües en los Centros de Votación para ayudar a los votantes.
Lugares de votación accesibles
Todos los Centros de Votación serán accesibles para las personas con discapacidades. En caso de no contar con uno, los condados que participen en este programa también estarán obligados a conformar un Comité Asesor de Accesibilidad al Voto (Voting Accessibility Advisory Committee, VAAC). El VAAC está conformado por votantes con discapacidades y ayuda durante el proceso de planeación para garantizar que el voto sea accesible. Para saber más sobre las herramientas y los recursos específicos disponibles para las personas con discapacidades, póngase en contacto con la oficina electoral de su condado.
Los votantes con discapacidades pueden solicitar una boleta electoral para voto por correo accesible de forma remota. Puede utilizar esta boleta en casa con su propia computadora y tecnologías de apoyo para después imprimirla y enviarla por correo o entregarla.
Motivo del cambio
La nueva Ley de Votación Flexible se diseñó para que votar sea más práctico y accesible.
- Usted elige CÓMO votar: ya sea por correo, en un buzón para boletas electorales o en un Centro de Votación, usted elige el método que le funcione mejor. Los votantes con discapacidades podrán utilizar su propia tecnología de accesibilidad para llenar su boleta en casa.
- Usted elige CUÁNDO votar: en lugar de disponer de un solo día para votar, puede hacerlo en persona hasta 11 días antes de las elecciones, incluso en fines de semana.
- Usted elige DÓNDE votar: puede votar en casa o en cualquier Centro de Votación de su condado.
- Usted recibe la AYUDA que necesita: el personal del Centro de Votación estará disponible para ayudarle a tener una gran experiencia de votación. Esto incluye ofrecer asistencia en diversos idiomas y ayudar a los votantes con discapacidades.
Para inscribirse para votar deberá proporcionar el número de su licencia de conducir o de su tarjeta de identificación de California, o proporcionar los últimos cuatro dígitos de su número de seguro social.
La mayoría de las veces el día de las elecciones no se le pedirá que muestre su identificación en el lugar de votación, a menos que:
- Esté votando por primera vez en unas elecciones federales y se haya inscrito por correo.
- No haya proporcionado el número de su licencia de conducir o de su tarjeta de identificación del estado, o los cuatro últimos dígitos de su número de seguro social en la tarjeta de inscripción cuando se inscribió por correo.
- Las identificaciones válidas incluyen la licencia de conducir de California, la tarjeta de identificación de California, el pasaporte o una identificación de estudiante en la que se muestre su nombre y fotografía. Visite la Secretaría del Estado de California para obtener más información sobre las identificaciones válidas.
Si su nombre no aparece en la lista de votantes registrados en su centro de votación, tiene derecho a votar utilizando una boleta provisional. Para obtener más información, consulte ¿Qué es una boleta provisional
Una boleta provisional es una boleta regular que se pone en el interior de un sobre provisional.
¿Quién debe votar con una boleta provisional?
Los votantes que:
- No aparecen en la lista de votantes en el centro de votación.
- Se mudaron a un nuevo distrito electoral y no se volvieron a registrar.
- Se registraron por correo, pero no proporcionaron el número de licencia de conducir de CA, el número de identificación de CA o los últimos 4 dígitos de su Número de Seguridad Social cuando se registraron.
- Lleven personalmente la boleta de voto por correo al centro de votación sin el sobre.
- Votan por correo, pero deciden que preferirían votar en persona y no llevan, su boleta de voto por correo, al centro de votación.
- Se registran demasiado tarde para que sus nombres se impriman en la lista de votantes.
Para obtener una lista más amplia de las personas que deben votar con una boleta provisional, consulte con la Secretaria de Estado de California.
¿Se cuentan todas las boletas provisionales?
Se contarán las boletas si los votantes son elegibles para votar y lo hacen utilizando una boleta provisional..
Qué sucede si voy al lugar de votación equivocado y tengo que usar una boleta provisional, se contará mi voto?
En primer lugar, debe votar siempre en el condado donde está registrado para votar.
Si está en el condado correcto, pero en el lugar de votación equivocado, entonces su voto se contará solo para los candidatos y medidas de ley que están en la boleta que se suponía tenía que votar.
No obstante, no se contarán ningún candidato, ni ninguna medida de ley, que no se encuentren también en la boleta de su lugar de votación correcto.
¿Cómo se manejan las boletas provisionales?
- Escriba su nombre y dirección actual en el sobre provisional y fírmelo.
- Después de que cierran los centros de votación, la boleta se devuelve a la oficina electoral, donde se verifica la información en el sobre contra los registros de inscripción de votantes.
- Si la información que el votante ha escrito en el sobre coincide, entonces la boleta se retira del sobre y se cuenta.
¿Puedo verificar el estado de mi boleta provisional?
Puede comunicarse con la oficina electoral del condado para conocer si su boleta provisional se contó y, de no ser así, el motivo por qué no.
Dañé, perdí o marqué incorrectamente mi boleta electoral, ¿cómo corrijo esto?
- Puede obtener una boleta electoral nueva en tanto que todavía no haya emitido (votado) su boleta electoral.
- Si vota en un lugar de votación solicite una boleta electoral nueva a un trabajador electoral.
- Si tiene su boleta electoral por correo, puede regresarla y solicitar una boleta electoral nueva, ya sea en su oficina electoral del condado o en un lugar de votación.
- Si no tiene su boleta electoral por correo original, puede votar usando una boleta electoral provisional.
El procedimiento para corregir un error de votación cambia un poco si usted vive en uno de los cinco condados en los que se aplica la Ley de Votación Flexible (Madera, Napa, Nevada, Sacramento o San Mateo). Siempre y cuando usted todavía no haya votado, puede obtener una boleta regular en uno de los Centros de Votación sin necesidad de enviar su boleta electoral para voto por correo.
Si se mudó antes o sobre la fecha límite de registro, que es 15 días antes de la elección, debe volver a registrarse en su nueva dirección. Consulte ¿Cómo me registro para votar?
Me mudé dentro del mismo condado:
- Si se mudó dentro de los 14 días anteriores a la elección, puede votar en el centro de votación para su antigua dirección.
- Puede usar una boleta provisional en su nuevo lugar de votación o en la oficina electoral del condado.
Tendrá que completar una confirmación por escrito de que es elegible para votar y que está registrado en el condado donde está votando. - Si se ha mudado a una dirección que se asigna al mismo lugar de votación de su antigua dirección, entonces no importa cuando se mudó puede votar en ese lugar. No obstante, debe confirmar su cambio de domicilio en el centro de votación.
Me mudé a un nuevo condado:
- Si se mudó dentro de los 14 días anteriores a la elección, puede votar en el centro de votación de su antigua dirección.
- Si se mudó antes o sobre la fecha límite de registro, que es 15 días antes de la elección, entonces debe volver a registrarse en su nueva dirección a fin de votar en las próximas elecciones. Consulte ¿Cómo me registro para votar?
Para obtener información sobre como registrarse, consulte ¿Cómo me registro si soy militar, estoy fuera del país o vivo en el extranjero??
Reciba y complete su boleta:
Cuando se registró para votar mediante el registro de votantes en Internet de California o utilizando una Solicitud de Tarjeta Postal Federal (FPCA, siglas en inglés) tenía la opción de recibir su boleta por correo, fax o correo electrónico. En algunos condados se le puede permitir descargar una boleta por Internet. Revise la lista del condado para saber si la descarga es posible.
- Debe recibir su boleta entre 45 y 30 días antes del Día de las elecciones. Si no recibe una, comuníquese con su condado.
- Si no recibe una boleta 30 días antes del Día de las elecciones, puede tener la posibilidad de solicitar la boleta especial federal que le permite votar en elecciones federales pero no en las elecciones de California. Consulte con su oficina electoral del condado acerca de esto.
- Siga las instrucciones recibidas con su boleta para completarla. Revise la boleta para asegurarse de que votó por cada candidato que quería votar.
Envíe su boleta:
Por correo:
- Complete y firme según se indica en la parte posterior del sobre de envío.
- Envíelo por correo usando la oficina de correos de los EE.UU. dentro de los EE.UU.
- Si se encuentra fuera de los EE. UU. utilice APO/FPO o la bolsa de correo diplomática. O utilice un sistema postal extranjero y asegúrese de usar el franqueo correcto.
- Consulte a su oficina de correos para averiguar cuándo se debe enviar la boleta a fin de que tenga el sello postal a más tardar el Día de las elecciones y llegue en su condado al menos tres días después de las elecciones. En otras palabras, envíe su Boleta por correo antes del Día de las elecciones.
Por fax si vive fuera del territorio de los EE. UU.:
- Envíe por fax la boleta más el sobre de devolución completo.
- Envíe por fax un Juramento de votante que proporciona su condado. El juramento no exige su derecho de voto confidencial ya que se envía por fax.
- La oficina de electoral del condado debe recibir la boleta y materiales enviados por fax antes de las 8 p.m. hora del Pacífico el Día de las elecciones.
Si bien puede solicitar su boleta por correo electrónico o descargarla, no podrá devolverla debidamente completada por correo electrónico.
Visite la Secretaria de Estado de California para obtener más información.
Bajo la ley de California, si usted vive en un distrito electoral con 250 o menos votantes registrados, entonces puede recibir las boletas de votación por correo y no tiene la opción de votar en persona en los centros de votación el Día de las elecciones.
Consulte ¿Cómo voto por correo? para obtener más información.
La Disability Rights California (DRC, siglas en inglés) ofrecerá un número de teléfono gratuito el Día de las elecciones para los votantes con discapacidades. El servicio está diseñado para ayudar a aquellos que tienen dificultades para acceder a los centros electorales, emitir boletas o simplemente tienen preguntas sobre la votación. El número gratuito para llamadas es 888-569-7955. El número estatal para llamadas de video es 800-719-5798.
Información accesible
La Guía oficial de información para el votante del estado que se envía por correo a cada votante registrado está disponible en una versión de audio MP3 para descargar, , casetes de audio, en el lenguaje de señas estadounidense y en letra grande. Puede llamar al (800) 345-8683 para solicitar cualquiera de estas versiones.
La Secretaria de Estado de California también mantiene un número de teléfono para votantes sordos, con dificultades auditivas, o del habla en: (800) 833-8683 - TTY/TDD
Centros de votación accesibles
Antes de cada elección, se les notifica a los votantes registrados si sus centros de votación son accesibles o no. Esta notificación aparece en la Boleta de muestra que envía por correo su condado.
Firmar en el centro de votación
¡Puede votar incluso si no puede firmar su nombre!!
Máquinas para votar accesibles
Cada centro electoral debe tener una máquina de votación que permite a los votantes, incluyendo los que son ciegos o con alguna dificultad visual, a emitir su voto sin ayuda.
La máquina de votación permite a los votantes votar en privado y verificar las opciones de voto de forma independiente y, si existe un error, les permite corregir dichas opciones antes de presentar su boleta final.
Ayuda para votar
Puede elegir un máximo de dos personas para que lo ayuden en el centro de votación. No obstante, la persona que brinde ayuda no puede ser:
- Su empleador o alguien que trabaja para su empleador; o
- Su líder sindical o alguien que trabaja para su sindicato.
Votación en la acera
Los trabajadores electorales deben proporcionar la opción de votar en la acera para los votantes con discapacidades que necesitan esta ayuda. Se proporcionará el estacionamiento para la votación en la acera tan cerca de el área de votación como sea posible.
Un trabajador electoral llevará al automóvil del votante la lista para firmar, la boleta y los demás materiales requeridos. El trabajador electoral se llevará todo de nuevo hacia el centro de votación y colocará la boleta en la caja para boletas o un escáner.
Para obtener más información, consulte Derechos de los votantes con discapacidades.
La oficina de la Secretaría del Estado proporciona materiales y ayuda relacionados con la votación en nueve idiomas distintos al inglés.
Para obtener respuestas a sus preguntas sobre la votación y las elecciones, o para solicitar la entrega por correo de un formulario de inscripción del elector, una solicitud de voto por correo o la Guía oficial de información para el elector en cualquiera de estos idiomas, llame a alguna de las líneas directas para votantes gratuitas que se muestran a continuación.
- (800) 232-VOTA (8682) - español/Spanish
- (800) 339-2857 - 中文/chino
- (888) 345-2692 - हिन्दी/hindi
- (800) 339-2865 - 日本語/japonés
- (888) 345-4917 - ខ្មែរ/khmer
- (866) 575-1558 - 한국어/coreano
- (800) 339-2957 - tagalo
- (855) 345-3933 - ภาษาไทย/tailandés
- (800) 339-8163 - Việt ngữ/vietnamita
Para obtener más información sobre recursos para votar en distintos idiomas, visite la Secretaría del Estado de California y lea este folleto Hoja informativa de ayuda en otros idiomas.
Para saber qué idiomas están disponibles en su condado, contacte a su Oficina electoral del condado. La información por lo general se encuentra en el sitio web del condado y puede aparecer además en la guía para el votante del condado que recibe por correo.
Para obtener más información, consulte El derecho de los electores a recibir ayuda en otros idiomas.
Si se trata de seis o menos días antes del Día de las elecciones, es posible que pueda obtener una boleta de voto por correo de emergencia.
Situaciones en las que están disponibles las boletas de emergencia:
Puede presentar una solicitud escrita para este tipo de boleta si usted:
- Se encuentra hospitalizado, en un asilo de ancianos, un sanatorio o en su residencia y está demasiado enfermo para ir al centro de votación.
- Tiene una discapacidad física que hace que no pueda llegar a su centro de votación.
- Tiene una discapacidad física que le impide votar en su centro de votación debido a las barreras arquitectónicas que le dificultan el acceso al centro de votación, cabina de votación, o aparatos o máquinas de votación.
- No puede ir a su centro de votación debido a las condiciones fuera de su control que le impiden estar en el distrito electoral el Día de las elecciones.
¿Cómo realizo la solicitud de una boleta de emergencia?
Presente una solicitud por escrito. La oficina electoral de su condado puede contar con una forma preimpresa para que utilice.
- Si no tiene una forma, entonces asegúrese de que la solicitud autoriza a una persona en particular para llevarle la boleta y esté firmada bajo pena de perjurio. Puede utilizar esta muestra de Solicitud de voto por correo del Condado de Los Ángeles como una guía para ayudarle a escribir una solicitud a su condado.
- Marque la boleta según las indicaciones. Para obtener instrucciones detalladas, consulte ¿Cómo voto por correo?
- • Devuelva la boleta y el sobre personalmente, o a través de su representante autorizado, ya sea a la oficina electoral del condado o cualquier centro de votación en su condado.
O, si puede, diríjase a la oficina electoral del condado durante las horas de apertura y vote anticipadamente en persona.
Para obtener más información y solicitudes de muestra, visite Disability Rights California.
La votación por orden de preferencia les permite a los electores votar por una 1.a, 2.a y 3.a opción de los candidatos para un solo cargo. Esto hace posible la elección de cargos locales por mayoría de votos sin la necesidad de una elección de segunda vuelta.
¿Cómo funciona la votación por orden de preferencia?
- Para empezar, se cuentan todos los votos de la primera opción. Cualquier candidato que obtenga la mayoría (más del 50 %) de los votos de la primera opción, se declara ganador.
- Si ningún candidato obtiene más de 50 % de los votos de la primera opción, se elimina al candidato que reciba el menor número de votos de la primera opción.
- El voto de los electores que hayan votado por el candidato eliminado como su primera opción se transferirá a su segunda opción.
- Después, se vuelven a contar los votos. Si cualquiera de los candidatos restantes obtiene más del 50 % de los votos, se declara ganador.
- Si ninguno de los candidatos restantes obtiene más del 50 % de los votos, el proceso de eliminación de los candidatos y de la transferencia de votos al siguiente candidato en la jerarquía se repite hasta que un candidato tenga el triunfo por mayoría.
Consulte el video de FairVote California en inglés o en español y sus tarjetas de información en inglés, español y chino. También puede leer o escuchar las Preguntas frecuentes de la votación por orden de preferencia de la oficina de registro del condado de Alameda.
- Cada contienda tiene un reglón en blanco con una línea para un candidato que no figura en la boleta pero por el cual se puede votar escribiendo su nombre.
- Marque el recuadro al lado de la línea como si estubiese votando por un candidato cuyo nombre aparece en la boleta.
- Escriba el nombre del candidato que desea votar en la línea en blanco.
- Cada condado publica una lista de los candidatos calificados por los cuales puede votar.
La lista estará disponible en su centro de votación y en la oficina electoral del condado. - Si escribe el nombre de un candidato calificado que no figura en la boleta pero por el cual se puede votar escribiendo su nombre, se contará su voto.
- Un voto para alguien que no se encuentra en la lista de candidatos calificados no se contará.
Una elección especial ocurre cuando un funcionario ha abandonado la oficina antes del final del período. Esto por lo general ocurre cuando el funcionario fallece o ha renunciado a la oficina.
Una elección reconvocada decide si un funcionario elegido será removido o no del trabajo elegido, y quién reemplazará a dicho funcionario.
Para obtener más información, visite Reconvocar a elecciones.
Una iniciativa es una ley propuesta por un grupo de ciudadanos por medio de una petición que contiene las firmas del número requerido de votantes. Las iniciativas pueden proponer una nueva ley (iniciativa estatutaria) o enmendar la constitución del estado.
Para obtener más información, visite Datos rápidos sobre las Medidas de ley en la boleta del estado.
Un referéndum es un voto sobre si una ley aprobada por la legislatura y firmada por el gobernador debe promulgarse.
Para obtener más información, visite Datos rápidos sobre las Medidas de ley en la boleta del estado..
Su condado puede tener elecciones en diferentes fechas y a lo largo de un año. Verifique las fechas de las elecciones, el registro de votantes, y los plazos de votación por correo en su área.
Su solicitud de votación por correo debe ser recibido en la oficina electoral del condado a más tardar 7 días antes del dia de las elecciones.
Para obtener información detallada, consulte ¿Cómo voto por correo?
Es importante que llene por completo su solicitud de inscripción de votante y:
- la presente en línea antes de la media noche, 15 días antes de la elección o
- la entregue por correo o en persona en la oficina electoral de su condado al menos 15 días antes de la elección.
Todavía no es demasiado tarde para votar, aunque haya pasado la fecha límite de inscripción del elector. Con la Inscripción del elector en el mismo día, puede inscribirse en los días previos y el día de las elecciones.
Antes del día de las elecciones La votación anticipada en persona comienza 29 días antes del dia de las elecciones.
Por correo postal Comenzando 29 días antes del día de las elecciones hasta el día de las elecciones, su boleta electoral de voto por correo completada debe ser matasellada el dia de las elecciones, o antes. Una vez enviada por correo y matasellada, la boleta electoral debe ser recibido en la oficina electoral a más tardar 3 días laborales después del día de las elecciones.
Voto anticipado en persona
Comenzando 29 días antes del día de las elecciones hasta un día antes de las elecciones, algunos lugares para votación anticipada también permanecerán abiertos el dia de las elecciones.
Para obtener información detallada, consulte la sección Formas de votar.
Usted Tiene Los Siguientes Derechos
1. El derecho a votar, si está inscrito como votante. Puede votar si:
- es ciudadano de los EE.UU. y vive en California
- está inscrito en el lugar donde vive actualmente
- tiene al menos 18 años de edad
- no está en prisión o en libertad condicional por haber cometido un delito mayor
2. El derecho a votar si está inscrito como votante, incluso si su nombre no está en la lista. Votará con una boleta provisional. Si los funcionarios electorales determinan que es calificado para votar, su voto se contará.
3. El derecho a votar si se encuentra en la cola a la hora en que cierran los centros de votación.
4. El derecho a emitir un voto en secreto sin que nadie lo moleste o le diga cómo votar.
5. El derecho a obtener una boleta nueva si cometió un error, siempre que todavía no haya emitido su voto. Puede:
- Pedirle a un funcionario electoral de un centro de votación una nueva boleta; o
- Cambiar su boleta de votación por correo por una nueva en una oficina electoral o en su centro de votación; o
- Votar usando una boleta provisional, si no tiene su boleta original de votación por correo.
6. El derecho a recibir ayuda para emitir su voto de cualquier persona que usted elija, excepto su empleador o representante sindical.
7. El derecho a dejar su boleta de votación por correo completada en cualquier centro de votación del condado en que está inscrito para votar.
8. El derecho a recibir materiales electorales en un idioma que no sea inglés, si hay una cantidad suficiente de gente en su distrito electoral que hablaese idioma.
9. El derecho a hacerles preguntas a los funcionarios electorales sobre los procedimientos de votación y a observar el proceso electoral. Si la personaa quien le pregunta no puede contestar sus preguntas, tendrá que dirigirlea una persona que le pueda contestar. Si usted estorba, pueden dejar decontestarle.
10. El derecho a denunciar toda actividad electoral ilegal o fraudulenta a un funcionario electoral o a la oficina del Secretario de Estado.
- En la web en www.sos.ca.gov
- Por teléfono al (800) 232-VOTA (8682)
- Por email a elections@sos.ca.gov
Si cree que le negaron cualquierade estos derechos, llame en forma confidencial y sin cargo a la Línea deasistencia al votante del Secretario de Estado al (800) 232-VOTA (8682).
Descargar las instrucciones del votante Declaración de Derechos de California de la Secretaría de Estado.
You can also download your California Voter Bill of Rights from the Secretary of State in any of the following languages:
English
Chinese
Hindi
Japanese
Khmer
Korean
Tagalog
Thai
Vietnamese
La oficina electoral de su condado
Comuníquese a su oficina electoral del condado para que se resuelva con rapidez cualquier problema con la votación.
La Secretaría del Estado de California
Si cree que le han denegado alguno de sus derechos al voto o si sabe de algún fraude o mala conducta electoral, puede llamar a la línea gratuita confidencial para el elector de la Secretaría del Estado al (800) 345-VOTE (8683).
Election Protection
Si encuentra algún problema para emitir su boleta electoral o siente que se violaron sus derechos, llame a una de estas líneas para recibir ayuda para resolver su disputa e informar de su reclamación.
Inglés: 866-OUR-VOTE (866-687-8683)
Español e inglés: 888-Ve-Y-Vota (888-839-8682)
Descargue Prepárese. Conozca sus derechos. Vote. en español y en inglés. Para obtener más información, consulte ya es hora ¡VE Y VOTA!
Chino, vietnamita, coreano, bengalí, urdu, hindi y filipino/tagalo: 888-API-VOTE (888-274-8683)
Descargue Conozca sus derechos al voto en once idiomas de Asian Americans Advancing Justice, California.
Consulte aquí para obtener más información acerca de los horarios de la línea de Election Protection.
Voz: 1-888-569-7955
TTY: 1-800-719-5798
Servicio de Retransmisión de California: marque al 711
Disability Rights California le explicará sus derechos, trabajará para resolver problemas y ayudará a presentar una queja si tiene alguna discapacidad, y:
- no puede llegar a su lugar de votación
- la máquina de votación accesible no funciona
- otras personas pueden ver cómo va a votar
- le dicen que no puede votar porque tiene una discapacidad
- tiene alguna pregunta sobre su derecho al voto
Descargue e imprima la línea directa para votantes con discapacidades de una sola página.
¿Cuáles son mis derechos para ingresar y votar en los lugares de votación?
Las leyes estatales y federales requieren que los lugares de votación sean físicamente accesibles para los electores con discapacidades.
Acceso al lugar de votación
Los funcionarios electorales inspeccionan cada lugar y a menudo hacen modificaciones temporales en casas, bibliotecas, iglesias, negocios, escuelas u otras instalaciones para el día de las elecciones.
Los trabajadores electorales reciben capacitación sobre las leyes electorales y los derechos de los electores con discapacidades, incluida la necesidad de realizar modificaciones razonables en las políticas y los procedimientos para garantizar la equidad en el acceso.
Antes de cada elección, cada elector registrado recibe una notificación sobre si su lugar de votación es accesible. Esta notificación aparece en la boleta electoral de muestra que se envía a todos los electores de acuerdo a su condado.
La votación
La Secretaría de Estado de California aprobó varios sistemas de votación para usarse que permiten que los electores con discapacidades emitan sus votos de forma privada e independiente.
- Cada lugar de votación debe contar con una máquina para votar que permita a los electores, incluidas las personas ciegas o con problemas de la vista, emitir una boleta electoral sin necesidad de recibir ayuda.
La máquina para votar permite a los electores verificar sus elecciones y, en caso de que exista un error, les permite corregir esas elecciones antes de enviar su boleta electoral definitiva. - Los trabajadores electorales deben ofrecer la posibilidad de votación en la acera para los electores con discapacidades que requieran esta ayuda.
Para obtener más información, consulte ¿Cómo puedo votar si tengo alguna discapacidad? y visite Los derechos de las personas con discapacidades.
¿Qué derechos tengo para recibir ayuda en otros idiomas?
- A los funcionarios de elecciones locales se les exige proporcionar servicios y materiales electorales oficiales a los electores bilingües en distritos donde hay un determinado número de personas que habla ese idioma.
- En algunas localidades, los panfletos informativos para electores y las muestras de boleta electoral están traducidos al chino, español, tagalo y vietnamita, entre otros idiomas.
- En algunos lugares de votación, hay trabajadores electorales bilingües que apoyan a los electores en su propio idioma.
Para obtener más información, visite la Secretaría del Estado de California o Asian Americans Advancing Justice, Los Angeles.
¿Cuáles son mis derechos electorales si tengo un delito menor?
Una condena por delito menor no afecta en absoluto su derecho a votar. Puede votar en todas las elecciones.
¿Cuáles son mis derechos electorales si tengo un delito mayor?
Si tiene una condena por delito mayor, puede votar SI usted:
- Está en libertad probatoria, incluso si se encuentra en la cárcel del condado como una condición de su libertad probatoria,
- ha concluido su libertad probatoria,
- está en espera de la decisión de un juez por una violación de la libertad probatoria,
- está en supervisión obligatoria,
- está en supervisión comunitaria posterior a la liberación o
- ha concluido su libertad condicional.
Las únicas condiciones en las que no se le permite votar son Si usted:
- Tiene una condena por delito mayor y sigue en una prisión estatal,
- está cumpliendo una sentencia mayor de 1170 (horas) en la cárcel del condado,
- está en espera de ser trasladado a una prisión estatal o
- está en libertad condicional.
Una vez que haya terminado su sentencia y libertad condicional, puede inscribirse para votar. Si no está seguro de qué tipo de sentencia está cumpliendo, consulte con su oficial de libertad condicional o probatoria.
¿Puedo votar cuando esté en libertad condicional?
No. Solo puede votar una vez que haya concluido su libertad condicional.
¿Puedo votar si estoy en supervisión obligatoria?
¡Sí! Usted pude votar todas las veces cuando esté en supervisión obligatoria.
¿Puedo votar mientras estoy en supervisión comunitaria posterior a la liberación?
¡Sí! Usted pude votar todas las veces cuando esté en supervisión comunitaria posterior a la liberación.
¿Puedo votar cuando esté en libertad probatoria?
¡Sí! Usted puede votar todas las veces cuando esté en libertad probatoria, si su condena es por un delito mayor o un delito menor.
¿Puedo votar mientras esté en la cárcel del condado?
Tal vez. Usted puede votar al estar en la cárcel del condado SI está:
- en espera de un juicio por cualquier delito,
- por una condena por delito menor,
- en una violación de libertad probatoria o
- en libertad probatoria por un delito menor.
Las condiciones en las que usted pierde el derecho al voto al estar en la cárcel del condado es cuando usted está:
- en la prisión estatal por una condena por delito mayor,
- en la cárcel en espera de ser trasladado a la prisión estatal por una condena por delito mayor,
- cumpliendo una sentencia por delito mayor de 1170 (horas) en la cárcel del condado o
- en la cárcel por una violación de la libertad condicional.
¿Cómo recupero mi derecho al voto?
En California, no necesita hacer nada para “restaurar” su derecho al voto. Se restaura de forma automática, una vez que usted termine su sentencia y ya no esté en libertad condicional. Sin embargo, debe inscribirse o volver a inscribirse para votar en las próximas elecciones.
Para obtener más información, visite la página Permítanme votar.
Descargue las tarjetas políticas en inglés y en español.
- La lista del registro de votantes no está disponible para el público en general.
- Su número de seguro social, su número de licencia de conducir y su firma nunca se proporcionan a ninguna persona que pida la información.
- La ley de California permite que determinada información sobre los electores pueda divulgarse a un miembro de la Legislatura de California o del Congreso de los Estados Unidos, o a cualquier candidato y comité que esté a favor o en contra de una iniciativa de ley en la boleta electoral, o a cualquier persona para fines electorales, escolares, periodísticos o políticos, o para fines gubernamentales.
- El uso comercial de la información del registro de votantes está prohibido por ley y constituye un delito menor.
- En caso de que divulgar su dirección pueda ponerlo en una situación en la que su vida esté en riesgo, es posible que califique para el programa de domicilios confidenciales Seguro en casa para poder inscribirse para votar y votar por correo.
Para obtener más información, consulte ¿Qué sucede si divulgar mi dirección puede ponerme en una situación en la que mi vida esté en riesgo?
¿Qué se necesita para ser un trabajador electoral? Debes ser:
- Un votante inscrito en California o un residente legal de los Estados Unidos.
- Un estudiante de preparatoria y:
- ser ciudadano de los Estados Unidos
- tener al menos 16 años cumplidos el día de las elecciones
- asistir a una escuela preparatoria pública o privada
- tener un promedio general de al menos 2.5
- tener el permiso de tus padres y escuela
- asistir a una sesión de capacitación
¿Qué hace un trabajador electoral?
- Prepara y cierra un lugar de votación.
- Ayuda a los votantes a entender sus derechos.
- Protege las boletas electorales y el equipo para votar.
¿Por qué ser un trabajador electoral?
- Participa y ayuda a los votantes.
- Contribuye con tu comunidad.
- Gana dinero extra (varía según el condado).
¿Cómo puedes hacer una solicitud?
Para pedir una solicitud, comunícate a tu oficina electoral del condado.
Consulte este mapa interactivo que proporciona información de contacto y datos resaltantes sobre las elecciones de su condado.
¿Qué es un partido político?
Un partido político es un grupo de personas que tratan de determinar la política pública e influir en el gobierno al lograr que se elijan sus candidatos para los puestos públicos.
¿Qué es un “partido político calificado”?
- Un partido político calificado tiene derecho a participar en cualquier elección primaria o elección general presidencial.
- Un grupo político puede calificar como un partido en una de estas dos formas: petición o inscripción de votantes.
- Con el método de inscripción de votantes, el Secretario de Estado debe poder verificar que el partido político obtuvo inscripciones de votantes igual en número al .33 por ciento de la inscripción total, antes de la fecha límite de calificación.
- Con el método de petición, la petición presentada a la secretaria de estado debe tener las firmas de votantes inscritos que equivalgan al 10 por ciento de los votos emitidos en la última elección para gobernador.
¿Cuáles son los partidos políticos calificados en California?
- Partido Independiente Estadounidense
- Partido Demócrata
- Partido Verde
- Partido Libertario
- Partido Paz y Libertad
- Partido Republicano
Para obtener más información, visite la Secretaria de Estado de California.
Para obtener información sobre los Distritos Legislativos Estatales y las Oficinas del Congreso de los EE.UU., visite la Secretaria de Estado de California..
Para obtener información sobre su ciudad, condado, y otras oficinas locales, comuníquese con la oficina electoral de su condado..
Cómo evaluar las medidas de ley:
- Examine lo que la medida de ley busca lograr. ¿Está usted de acuerdo con estos objetivos?
- ¿Quiénes son los verdaderos patrocinadores y opositores de la medida? Verifique Voter’s Edge California para saber quien está proporcionando los fondos para las medidas de ley estatales.
- ¿Está bien escrita la medida? ¿Creará conflictos en la ley que pueden requerir resolución judicial?
- ¿La medida crea su propia fuente de ingresos? ¿Destina, restringe u ofrece como garantía los ingresos del gobierno?
- ¿La medida exige un programa de gobierno que reduce la flexibilidad general en el presupuesto?
- ¿La medida trata con un problema que se puede decidir fácilmente mediante un voto SÍ o NO? O, ¿es un tema complejo que debe examinarse exhaustivamente en el ámbito legislativo?
- Si la medida enmienda la Constitución, considere si realmente pertenece a la Constitución.
- Tenga cuidado con las tácticas de distorsión y comerciales que se basan en la propaganda pero que no dicen nada de importancia sobre de la medida. No se deje engañar por medias verdades.
Para obtener más información, visite Datos rápidos sobre las Medidas de ley en la boleta del estado..
Algunos candidatos de California se eligen en una “Primaria de los dos principales candidatos” (Top-Two Primary). Estas incluyen candidatos para:
- Senador de los EE.UU.
- Representante de los EE.UU.
- Senador Estatal
- Miembros de la Asamblea Estatal
- Gobernador y Vice Gobernador
- Tesorero
- Secretario del Estado
- Fiscal General
- Contralor
- Comisionado de Seguros
- Mesa de Ecualización Estatal
En una Primaria de los dos principales candidatos, puede votar por cualquier candidato.
- Todos los candidatos de todos los partidos estarán en la boleta para estas contiendas.
- No tiene que estar registrado en un partido para votar en estas contiendas.
- Puede votar para un candidato de cualquier partido.
- Puede “anotar” el nombre de un candidato que no figura en la boleta en la Elección primaria.
- Los dos candidatos con más votos aparecerán en la boleta de la Elección general, incluso si tienen la misma preferencia de partido.
Oficinas no partidistas Los Jueces, el Supervisor del Condado, otras oficinas del Condado y Municipales, y el Superintendente de Instrucción Pública siempre están disponibles para todos los votantes elegibles.
¿Qué significa preferencia de partido?
Los votantes pueden registrarse ya sea con una preferencia de partido político o elegir la opción “ninguno”. La preferencia de partido de un candidato no necesariamente significa que tengan el apoyo de dicho partido político. La lista de candidatos que reciben el endoso oficial de un partido (apoyo) se encuentra en la Guía de información para el votante del condado.
¿Qué son los bonos?
Los bonos son una forma de endeudamiento a largo plazo que el Estado utiliza para recaudar dinero para grandes proyectos. El Estado vende bonos a los inversores y se compromete a pagarles, con intereses, durante un cierto número de años, algo así como una hipoteca.
¿Para qué se usan los bonos?
Proyectos como carreteras, edificios escolares, prisiones, parques, edificios de oficinas y viviendas para veteranos que implican grandes costos en dólares y se utilizan durante muchos años. El uso de bonos ayuda a financiar los grandes costos iniciales en dólares, que son difíciles de financiar con los ingresos operativos diarios. Además, el reembolso de estos bonos a través del tiempo significa que los futuros contribuyentes que se benefician de las instalaciones ayudarán a pagarlos.
¿Qué tipos de bonos vende el Estado?
- Bonos de obligación general Estos son los tipos de bonos más comunes, y en gran medida se amortizan con los ingresos fiscales generales no restringidos del Estado. Los votantes deben aprobar estos bonos y su reembolso está garantizado por el Estado.
- Bonos de ingresos
Estos se reembolsan desde una fuente designada, como los peajes de los puentes. Los bonos de ingresos no requieren la aprobación de los votantes y el reembolso no está garantizado por el Estado. - Bonos de ingreso por arrendamiento
Se reembolsan a partir de los pagos de arrendamiento por agencias estatales que usan las instalaciones arrendadas. Los bonos de ingreso por arrendamiento no requieren la aprobación de los votantes y el reembolso no está garantizado por el Estado.
¿Cuáles son los costos directos del financiamiento por bonos?
El Estado debe devolver el capital de los bonos a los inversores a lo largo del tiempo hasta que estén totalmente saldados, además de los costos de intereses anuales. El costo de interés de pagar los bonos depende de la tasa de interés actual y el período de tiempo durante el cual los bonos se deben reembolsar.
Visite la Guía de la Secretaria de Estado de California para las Eventos para registrar votantes.
El Futuro de las elecciones de California (FoCE, siglas en inglés) es una colaboración entre los funcionarios electorales, las organizaciones de derechos civiles y los defensores de la ley de reforma para examinar y abordar los desafíos únicos que enfrenta el sistema electoral del Estado de California.
Visite el Índice de experiencia del votante.
Este conjunto informativo de herramientas se desarrolló para mejorar la experiencia del votante. Es una colección de investigación, publicaciones y guías de “cómo hacer” producida por los miembros de Futuro de las elecciones de California y asociados.
Comuníquese a la League of Women Voters of California Education Fund para obtener información adicional sobre las elecciones.
Para encontrar la información de contacto de su oficina electoral local, busque su condado o dirección aquí o encuentre la oficina electoral del condado en el sitio web de la Secretaria de Estado de California.
Estado de California Secretario de Estado de California 1500 11th Street 5to piso Sacramento, CA 95814 Teléfono: 916-657-2166 Fax: (916) 653-6814 Sitio web
To find contact information for your local election office, search for your county or address here or find your county election office on the California Secretary of State website.
5th Floor
Suite 200